III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en la demanda interpuesta por el abogado José Eusebio Ilarraza Milano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 33.846, actuando con el carácter de representante judicial del INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL), contra la sociedad mercantil TIENDAS ROCKY, C.A., en los términos expuestos en el presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-.....