Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos; éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: LA SUSPENSIÓN DE LA CAUSA al estado en que el demandante de autos solicite nuevamente la citación de todos los demandados, ciudadanos DULCE MARIBEL QUINTERO CASTILLO, JEANNETTE DEL VALLE QUINTERO CASTILLO, NELSON JOSE QUINTERO CASTILLO, WILMER ORANGEL MENDOZA CASTILLO, YUDEIME COROMOTO MENDOZA CASTILLO supra identificados en el encabezado del presente fallo, en sus domicilios; Calle Aragua, Casa 94, Barrio San Luis, Maracay Estado Aragua, respectivamente, a fin de salvaguardar su derecho a la defensa y al debido proceso. SEGUNDO: dejar sin efecto la citación efectuada al ciudadano NELSON JOSE QUINTERO CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V -13.722.485, en fecha 10 de Diciembre de.....