Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por la ciudadana GEORGINA DEL VALLE MANEIRO DE MARTINEZ, identificada con la cedula de identidad Nro. V-10.758.181, contra el ciudadano JONATHAN FERNANDO MARTINEZ YANEZ, identificado con las cedula de identidad V-9.434.214, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintinueve (29) de agosto año 1999, por ante la unidad de Registro Civil del Municipio Girardot Maracay del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 801, Tomo 4, Año 1999, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016, de la Sal.....