´III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE POR FALTA DE CUALIDAD PASIVA la presente demanda de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, presentada por el ciudadano MANUEL ANDRES ROJAS SALAMON, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nro. V-21.097.313, debidamente asistido por los Abogados CARMEN RONDON y DANIEL JOSE DIAZ RAMIREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 244.028 y 251.062, respectivamente; en contra del ciudadano MANUEL IGNACIO ROJAS YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.855.476, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 208 del Código de Procedimiento Civil y los criterios jurisprudenciales supra transcritos.
SEGUNDO: No ha lugar condenatorio en costas en virtud de la .....