En base y mérito a las razones de hecho y de derecho antes invocadas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoara la abogada MARIVEL SÁNCHEZ, contra la ciudadana TRINA OMAIRA GÓMEZ, partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de su oportunidad legal, se ordena la notificación de las partes, conforme a lo establecido en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.