Por las razones antes expuestas, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los cónyuges, ciudadanos: FERNANDA MUJICA DE MUJICA y JUAN DE LA CRUZ MUJICA GARCÍA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 08 de febrero de 1966, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Valdez, Capital Guiria, Estado Sucre.