En tal sentido este Tribunal observa, que en el expediente no se encuentra plasmado:
Artículo 33: el escrito de demanda deberá expresar:
2º Nombre, apellido y domicilio de las partes, carácter con que actúan, su domicilio procesal y correo electrónico, si lo tuviere.
Atendiendo a los principios constitucionales de tutela judicial efectiva e instrumentalidad del proceso, consagrados en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, debe esta juzgadora analizar la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto.
Conforme se desprende de la norma transcrita, corresponde a la parte Recurrente presentar junto con el escrito de demanda los datos e identificación de las partes y el carácter con el que actúan, en el caso marras, lo es la dirección exacta de los terceros interesados, por cuanto estos datos no constan en el escrito recursivo, y por consiguiente se le exhorta a aclarar tal situación consignando las direcciones corresp.....