´D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar Sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADO el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA manifestado mediante escrito presentado en fecha 17 de junio de 2024, por la parte demandada ciudadano: GABRIEL ANTONIO JOUAYED BABIC, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad N° V-11.184.560, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil PROMOTORA 8180 C.A , con respecto a una relación a contrato preliminar de promesa bilateral de compra-venta, celebrado entre los ciudadanos ANDREA DEL ROSARIO ZAMBRANO LUDOVIC, venezolana, mayor de edad, solter.....