Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 31 de mayo del 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada en todos sus puntos. TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA, por disolución de sindicato, incoada por la sociedad mercantil SUPER LIDER PALO NEGRO, C.A., contra el SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA SUPER LIDER PALO NEGRO, C.A (SINTRASULIPANE). CUARTO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal Primero de Juicio para que Oficie a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, c.....