Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185, del Código Civil Venezolano, presentada por la ciudadana ADY DEL CARMEN GARCIA DABOIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.152 contra del ciudadano CRUZ DANIEL MARQUEZ SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.707.295. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Ribero, Parroquia Cariaco del Estado Sucre, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, asentada bajo el N° 58 del Año 2015,que corre inserta a los folios.....