DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente caso; y por estar involucrada la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 Del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República publicado en Gaceta Oficial extraordinario N° 5.892 de fecha 31 de julio de 2008 en concordancia con lo previsto en el artículo 12 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de la presente decisión, ordenándose igualmente un lapso de suspensión de 30 días continuos contados desde que conste en autos la notificación de la referida institución.