SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que, por DESALOJO intentara HILDA JÓVITA CALDERÓN OVALLES, contra MARIA CECILIA BOLÍVAR MARIÑO, todos identificados anteriormente.-
En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes que tenía por objeto un inmueble constituido por una vivienda unifamiliar, distinguida con el No.54, ubicado en la Calle Miranda, Urbanización Bolívar Norte, en La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua., por lo que la demandada deberá entregar el antes identificado inmueble y restituirlo a la arrendadora HILDA JÓVITA CALDERÓN OVALLES. Igualmente se condena a la ciudadana MARIA CECILIA BOLÍVAR MARIÑO a cancelar a la parte demandante la suma de TRES M.....