D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada la solicitud de Revisión de Obligación de Manutención mediante acta conciliación realizada por ante Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Simón Bolívar", adscrita a la Alcaldía del Municipio Bolívar del Estado Aragua, entre los progenitores ciudadanos JESICA CAROLINA NORIEGA ACOSTA y RULY ANDREI PEÑA MENDOZA, plenamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en los Artículos 315, 369, 365, 372, 375 y 384 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Exhortando al obligado de manutención plenamente identificado a cumplir de buena fe y responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta. Igualmente se acuerda expedir copias certificadas del original con sus resultas a la.....