Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoaran los Drs. REINALDO DI FINO TAHHAN y MAOLY BELISARIO TOVAR, actuando como apoderados judiciales de Sociedad Mercantil INVERSIONES SANDUCAN, C.A., contra Sociedad Mercantil ROBERSON INVERSIONES, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadana CECILIA MARIA LOZANO.
En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 15 de agosto de 2005, autenticado ante la Notaría Cuadragésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nro. 22, Tomo 70, que tenía por objeto los inmuebles distinguido con la letra "E", ubicado parte en la planta baja y parte en la planta alta de la Quinta Sandú, situada en la Calle París cruce con Monterrey.....