Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por Desalojo incoada por el ciudadano RAUL ERNESTO PEREIRA identificado en autos, contra el ciudadano ROBERTO BORJA SALAS, identificado en autos, y en consecuencia, se le ORDENA a la parte demandada, ROBERTO BORJA SALAS, entregar a la parte demandante el inmueble ubicado en la calle 5 de Julio, entre avenidas Miranda y Páez, Nº 25, Municipio Girardot de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, totalmente libre de bienes y personas.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso legal para ello, se ordena la notificación de las partes.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente causa de acuerdo a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.