Con la redención acordada a favor del penado en referencia, se deduce que el mismo ha agotado un cuarto (1/4), un tercio (1/3) y hasta dos tercios (2/3) de la pena; no pudiendo optar a las formulas alternativas de cumplimiento de pena, como el Régimen Abierto y la Libertad Condicional, dada la revocatoria del Destacamento de Trabajo recaída en su persona (folios 107 al 11 de la presente pieza). Sin embargo, las tres cuartas partes (3/4) de la pena, representadas en CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) MESES, SEIS (06) DIAS y NUEVE (09) HORAS, las cumplirá en fecha veintiocho (28) de Abril de dos mil nueve (2009) a las 09:00 horas de la mañana, momento a partir del cual podrá previa solicitud, conmutar el resto de la pena en Confinamiento. En consecuencia, queda así reformado el cómputo de la pena impuesta en su oportunidad al penado JEAN CARLOS LA ROSA ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.654.940, ampliamente identificado en autos anteriores, quien se encuentra actualmente recluid.....