III. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano JOSE MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 3.519.369, debidamente asistido por la AbogadaEVIS YULIANNY MONASTERIOS GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 196.082, en fecha 13 de noviembre de 2014 (folio 53 y su vto), conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia y remítase en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Trá.....