DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra, JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado PABLO VICENTE GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 132.257, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ADOLFO BISO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.823.633.
SEGUNDO: Devuélvase el original consignado a los autos, inserto a los folios 04 al 36 ambos inclusive, dejándose en su lugar copia certificada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en los artícu.....