D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano JUVENAL JOSE LOPEZ BARROSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 1.959.228, contra los ciudadanos DAYRIS JAQUELINE NAVARRO y JOSE CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.584.383 y V- V-8.732.383, respectivamente. En consecuencia: Se ordena a los ciudadanos: DAYRIS JAQUELINE NAVARRO y JOSE CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.584.383 y V- 8.732.383, respectivamente, previamente identificados, RESTITUYAN DE INMEDIATO al ciudadano JUVENAL JOSE LOPEZ BARROSO, la situación jurídica infringida, orden.....