Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN PAFI C.A., en su carácter de administradora del condominio del Edificio Residencias Linari; contra los ciudadanos ANTONIO LORENZO MONTENEGRO, MARIA PAZ PENAS DE LORENZO, KARINA LORENZO PENAS y LUIS ALBERTO LORENZO PENAS, en carácter de propietarios del Locales comerciales signados con la letras L y M, de dicho Conjunto Residencial. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora:
PRIMERO: El capital adeudado por concepto sobre los recibos de condominio que van desde el mes de Febrero de 2014, hasta el mes de Enero de 2015, monto que será determinado a través de la práctica de una exper.....