En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: NIEGA LA HOMOLOGACION A LA TRANSACCIÓN habida entre las partes en fecha 01 de diciembre de 2023 en el presente procedimiento de pretensión mero declarativa de concubinato. Y así se decide.