Por las razones que fueron expuestas con anterioridad, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por los ciudadanos RUBEN RUIZ, MIGUEL CARRILLO, RENNY VILLEGAS y JUAN ORTEGA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.121.294, V-7.214.845, V-15.739.192 y V-17.570.697, respectivamente en contra de la entidad de trabajo INDUSTRIA PROCESADORA DE ALIMENTOS BARCELONA, C.A (IPABCA).