DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por el ciudadano ROSARIO AVOLA ADAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.826.092, asistido por los abogados CAROLINA AVOLA DIOMEDÉ y OTTMAN GUZMAN PINO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 94.061 y Nº 76.111, respectivamente, en contra del ciudadano CHEN RUI YUAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.340.666.
Consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO autenticados por ante el Registro Público del Municipio Zamora en fecha 02 de octubre de 2008, inserto bajo el Nº 47, Tomo 50, de los libros de autenticaciones llevados en esa oficina y; SE CONDENA a la parte demandada a .....