Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio incoada por los abogados LUANGETH GIL SUAREZ y ANTONIO SOSA SEMIDEY contra FREDDY DEOMAR MULATO MAÑEZ y condena al intimado a:
PRIMERO: Pagar la suma de SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 7.445,00), correspondientes a los honorarios profesionales de los abogados intimantes.
SEGUNDO: Pagar las sumas de dinero que se deriven de la corrección monetaria sobre la cantidad señalada desde la admisión de la demanda hasta el pago definitivo.
No hay condenatoria en costas por tratarse de un juicio de intimación y estimación de honorarios profesionales. (Vid. sent N° 1663 de fecha 01/08/2007, Sala Constitucional)
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en .....