Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el abogado LEONCIO DIOSCORIDIS VALERA BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.077, según poder otorgado por ante la Notaria Publica Sexta del Municipio Sucre, del estado Miranda, en fecha 25 de Septiembre de 2015, bajo el N° 59, tomo 138, folios 187 al 189; actuando en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano LINO LENARDUZZI BARAZZUTTI, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-.5.280.184, contra la Sociedad Mercantil PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA LA ESPIGA DE ORO C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 25 de marzo de 1999, bajo el N° 37, Tomo 10-A, representada po.....