Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: Competente para conocer de la recusación interpuesta por el ciudadano Abogado EDGAR ARROYO, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Ángel Carrasco, identificado con la cédula de identidad números V-20.893.297, en contra de la Abogada Katherine Lisbeth Bello Soto, en su carácter de Jueza del Tribunal Segundo (2°) de Primera (1°) Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua. Segundo: Inadmisible la recusación interpuesta por el ciudadano abogado EDGAR ARROYO, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano del Ángel Carrasco, identificado con la cédula de identida.....