D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la presente incidencia planteada en fecha 3 de febrero del año 2014, por la abogada ROSSANI AMELIA MANAMA INFANTE, en su carácter de Jueza del Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con relación al juicio seguido por los ciudadanos JUAN CARLOS MEDINA LA LLAVE y MABEL LA LLAVE RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.565.728 y E-81.427.261, respectivamente, contra los ciudadanos JOSÉ RAMÍREZ NUEZ y LOIDA MÁRQUEZ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.280.498 y V-8.575.716, respectivamente, por DESALOJO DE VIVIENDA, sustanciada en el expediente signado con el No. 3285-14, nomenclatura d.....