Este Tribunal, visto el acuerdo alcanzado entre las partes, el día de hoy, declara:
PRIMERO: Concluido el presente procedimiento y así mismo deja expresa constancia que esta acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes y el mismo no es contrario a derecho.
SEGUNDO: Se imparte en éste acto la HOMOLOGACION JUDICIAL, dándole el efecto de COSA JUZGADA de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: El acuerdo transaccional forma parte integrante de la presente acta, en todo aquello que no sea contrario a los derechos laborales del trabajador actor.
CUARTO: Se ordena la devolución de las pruebas y el cierre y archivo del expediente.
Finalmente la ciudadana Jueza, ordenó la lectura integra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido.
Dándose por cerrado el acto el día de hoy, veintiuno (21) de Marzo de dos mil once (2011). Es todo, terminó, se leyó y conform.....