PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, de fecha 05 de Mayo de 2011, formulada por el Abogado POLIBIO GUTIERREZ OJEDA, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JEAN LUIS CARREA DIAZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha veintitrés (23) de Mayo de 2011, que declaró La Perención Breve de la Instancia de la Querella Interdictal Restitutoria, que tiene incoada en contra de la ciudadana LILIAN DE JESUS SEIJAS MOTA.
SEGUNDO: Conforme al artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 20 del Código de Procedimiento Civil, en acatamiento a las Sentencias vinculantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y demás Tribunales Agrarios de la República, señaladas en el contenido de la presente decisión; SE DECLARAN DESAPLICADOS POR CONTROL DIFUSO DE LA CONSTITUCIONALIDAD a las leyes para el caso en co.....