Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DISISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, correspondiente a la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por la ciudadana JINA ZABBARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.231.980 y de este domicilio, contra la decisión de fecha 04 de octubre de 2.013, emanada del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a cargo del Juez, Dr. ROQUE DUARTE MONTENEGRO.
SEGUNDO: Conforme al artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión, y se impone una mult.....