Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil declara SIN LUGAR, la apelación ejercida por el JULIO RAFAEL TORRES REQUENA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 53.178, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en el caso de marras. Dicha Apelación es interpuesta contra la sentencia definitiva de fecha 04 de Noviembre de 2013, emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, e igualmente se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por OBLIGACION DE MANUTENCION interpusiere la ciudadana YOSIMAR JOSEFINA .....