En virtud de las razones antes expuestas este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 30 de Enero de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y en consecuencia se declara Parcialmente Con Lugar la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue la ciudadana LUVIS DEL ROSARIO PEREZ BASTIDAS, titular de la cedula de Identidad Nro. V-8.095.604 contra Entidad de Trabajo MILANO OGGI C.A.; TERCERO: Se condena a la demandada MILANO OGGI C.A., a pagar la cantidad de VEINTINUEVE MIL CIENTO NUEVE BOLIVARES CON TRECE CENTIMOS (Bs. 29.109,13) por los conceptos condenados, más lo que resulte de la experticia complementaria de fallo, o.....