DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: MARIA ZULETTE ALELUIA ABREU y WILLIAM HUMBERTO MARTINEZ SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.271.893 y V-9.651.976, respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha Veintiuno (21) de Diciembre de 2011, contrajeron Matrimonio Civil, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en la República Bolivariana de Venezuela, quedando inserta bajo el N° 113, tomo VII, año 2011.
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