DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MÁRQUEZ ROA, venezolana, mayor de edad y cédula de identidad No. 8.089.712, contra el ciudadano ANGEL ALBERTO LAGUNA SÁNCHEZ, extranjero, mayor de edad y con pasaporte No. E218472, de conformidad con la causal segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 07 de agosto de 2015, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, del estado Aragua.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la materia.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firma.....