Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 02 de febrero de 2024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ORLANDO ANTONIO ARCHILA, en contra del ciudadano FERNANDO VENANCIO MARTÍNEZ , y en consecuencia SE CONDENA al accionado, antes identificado, a cancelar al demandante, ya identificado, la suma Noventa y Dos Mil Ciento Cuatro Bolívares con Ochenta y Seis Céntimos (Bs. 92.104,86)......