Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos identificados como JESUS ARMANDO ANGULO MARQUINA y LLURVI CARDINA HERRERA, el cuatro (04) de agosto de 1989, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal, asentado bajo el Acta N° 479, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1989.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registrador Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal Civil del Distrito Capital y a la Oficina Nac.....