Mediante Sentencia Interlocutoria Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 47 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 67 de la ley especial que rige la materia, acuerda ampliar el plazo de prueba por un año más remitiendo al acusado de autos ante el Equipo Interdisciplinario de este Circuito Judicial Especializado a partir de la presente fecha, Se ratifican las Medidas de Protección y Seguridad que le habían sido impuesta a favor de la ciudadana víctima de la Ley Orgánica sobre Los derechos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.-