DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta por ciudadano José Ángel Millán, Abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 102.642, apoderado Judicial de la parte demandada, ciudadana Mirla Terán Castillo, en contra de la sentencia dictada en fecha Veintiocho (28) de Julio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes la sentencia definitiva dictada en fecha Veintiocho (28) de Julio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Tercero: Se condena en costas a la parte demanda.....