En consecuencia, se corrige la decisión dictada en fecha 03/04/2023 de conformidad con la sentencia N° 2231 dictada por la Sala Constitucional del Alto Tribunal, en fecha 18 de agosto de 2003, caso: S.J.M.J e invocada en Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia Nº CONS.000983, de fecha 16 de diciembre de 2016, por el Magistrado Guillermo Blanco, en los siguientes términos:
"...Por cuanto, este Juzgado encuentra que están llenos los extremos exigidos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia procede a decretar la medida de embargo preventivo, sobre los bienes pertenecientes a la parte demandada Firma Mercantil CIPROQUIM QM, C.A sociedad de comercio, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N°: 1, Tomo 94-A, representada por su Presidente ciudadano EMILIO CIPRIANO ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.972.631; hasta cubrir la s.....