´Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la rectificación del acta de defunción del causante GIULIO CESARE BANDIERAMONTE FAZIO, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. E-773.827, donde dice: "ALCIA", debe decir "ALFIA". En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, y al Registrador Principal del estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el acta de defunción del causante GIULIO CESARE BANDIERAMONTE FAZIO, ut supra identificado, la cual quedó anotada bajo el acta N° 137, tomo VII, de fecha 1° de mayo de 2.012.´