siendo las diez de la mañana, se traslado este Juzgado en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados Yraima Aguijarte y José Miguel Peña Aguilarte, Inpreabogado Nros. 15.935 y 115.453, respectivamente, en la siguiente dirección: Apartamento identificado con el numero 5-C, del Edificio San Diego, situado en la Calle Edison de la Urbanización Los Chaguaramos, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna. En este estado los apoderados judiciales de la parte actora, exponen: por cuanto al ser dados los toques de Ley no respondió persona alguna, pido al Tribunal se sirva designar cerrajero judicial a fin de aperturar la puerta del mismo.- Es todo.- Seguidamente e Tribunal, vista y oída la exposición realizada por los apoderados judiciales de la parte actora, la solicitud contenida en la m.....