Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana ANA TERESA PARRA NAVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.570.508. Se designa como Tutor Interino a su hermano, ciudadano CARLOS ALBERTO PARRA NAVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.570.505, de conformidad con el artículo 396 del Código Civil, para que represente y ejecute todos los actos que excedan de la simple administración de sus bienes. Queda abierto a pruebas el presente procedimiento, el cual se seguirá tramitando por el Procedimiento Ordinario.