DISPOSITIVA
Este Tribunal OCTAVO (8°) de Primera Instancia en Funciones de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente: ÚNICO: por los argumentos antes expuesto este Tribunal declara PROCEDENTE el Control Judicial de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se insta a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público traer al proceso resultas del oficio Nª 1308 de fecha 19-05-2022 dirigido al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalística Sub-delegación las Tejerías. Líbrese lo conducente. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG. ANA MARÍA BLANCO SANDOVAL,
EL SECRETARIO
ABG. REINALDO ANTONIO SUAREZ
8C-25.867-22
AMBS/