"...El Tribunal Ejecutor vista la exposición anteriormente formulada por la notificada, hace de su pleno conocimiento que la Gobernación del Distrito Capital, tiene el deber de participar mediante oficio al Tribunal de la causa, de todas las gestiones realizadas a los fines de dar cumplimiento a la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2005 dictada por el comitente y, confirmada en fecha 20 de marzo de 2006 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, tal y como se señala en el despacho que encabeza estas actuaciones. Igualmente, se le reitera y así expresamente se deja sentado en esta acta, que se encuentra en la obligación de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19, 26, 27, 49, 87, 89, 91, 92, 93, 94 136, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 9, 10, 11, parte in fine del artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, artículos 15 y 21 del Código de Procedimiento Civil, para dar así cumplimiento a las sentenci.....