PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 20 de mayo de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en la ciudad de la Victoria. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada bajo la motivación de esta alzada y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoara la ciudadana YELIMAR DAMARY GONZALEZ SEQUERA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.699.462 y en consecuencia se condena a pagar a la entidad de trabajo DULCE DETALLES C.A y en forma solidaria contra la ciudadana MARIE FRANCE FIGUEROA, titular de la Cedula de Identidad Nro. 14.599.387, la cantidad de VEINTE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 20.169,82) más lo que resulte de la experticia complementaria de fallo, ordenada en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No se condena a costas dada la naturale.....