D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por la ciudadana ANDREA REBECA GONZALEZ DIAZ, identificada con la cédula de identidad Nro. V-16.978.593, contra el ciudadano JOSE LUIS DE SA MARQUES TORRES, identificado con la cédula de identidad Nro. V-13.383.396, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinticinco (25) de diciembre del año 2011, por ante el Registro Civil del Municipio san Sebastián del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 088, Año 2011, Con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.....