En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos FELIX ROBERTO VARGAS AROCHA Y RITSY JOSEFINA GODOY DE VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Ns° 10.231.992 Y 16.129.735 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio GRESHKA CONCEPCION HERRERA BENITEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 199.947. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura José Antonio Páez, del Municipio del Municipio Girard.....