III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana ROSA MATILDE DÍAZ URBINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.2.240.837 contra el ciudadano MAN WAI FUNG HO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No.12.140.849 por PRESCRIPCIÍON ADQUISITIVA sobre el inmueble objeto de la demanda.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como suficiente titulo de propiedad del inmueble constituido por un lote de terreno ubicado antiguamente en el sitio Calle La Línea No.24, hoy Calle Vargas No.51, con Calle La Estación del Antiguo Ferrocarril, adyacente a la Avenida Constitución, entre Calles Soublette y Vargas Sur de esta ciudad d.....