En consecuencia, se corrige el decreto intimatorio dictada en fecha 11.08.2022, de conformidad con la sentencia N° 2231 dictada por la Sala Constitucional del Alto Tribunal, en fecha 18 de agosto de 2003, caso: S.J.M.J e invocada en Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia Nº CONS.000983, de fecha 16 de diciembre de 2016, por el Magistrado Guillermo Blanco, en los siguientes términos:
"...En colorario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 640 del Código de procedimiento Civil, intímese, al ciudadano EDGAR ALEXANDER CHACIN VAZQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.524.126, en su persona y como Presidente y representante de la Sociedad Mercantil INDUSTRIA LICORERAS CABUY, C. A., la cual se encuentra debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Segundo bajo el número 276 del año 2020, Tomo 6-A, con Registro de Información Fiscal (Rif) J 500311907, con domicilio procesal en la Urbanización Villa del Rosa.....