Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: Primero: La Pérdida del Interés Procesal de las Partes solicitantes y en Consecuencia el Decaimiento de la Presente Acción. Interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL MULTICENTRO MILLENIUM C.A., debidamente inscrito en el registro mercantil segundo de la circunscripción judicial del estado Aragua en fecha 22 de febrero del 2000, anotada bajo el N°19, tomo 07-a, facultad la mía que se desprende instrumento poder debidamente autenticado por ante la notaria publica quinta de Maracay estado Aragua, en fecha 17 de julio del 2014, anotado bajo el N°66, tomo 269. Segundo: Se ordena el cierre y al archivo del presente expediente. Publíquese y regístrese. Déjese copia en el archivo del tribunal.-